Víctor Arpa, abogado, sobre si el INSS te deniega la incapacidad permanente: «Cuidado con quedarte simplemente en casa»

El abogado Víctor Arpa, conocido en redes sociales como @abogadovictorarpa, ha publicado un vídeo en TikTok dirigido a los trabajadores a los que se ha denegado la incapacidad permanente y que, pese a ello, siguen sin estar en condiciones de trabajar. Según explica, esa resolución puede implicar que el trabajador deba volver a su empleo, y no hacerlo tiene consecuencias.

«Cuidado con quedarte simplemente en casa, porque podrías poner en riesgo tu puesto de trabajo», advierte el letrado. El riesgo aparece, detalla, cuando la denegación de la incapacidad permanente supone que la persona tiene que reincorporarse a su puesto.

Arpa desmonta la idea de que recurrir la decisión basta para no acudir al trabajo. «No des por hecho que por reclamar la decisión puedes quedarte en tu casa», señala. Y añade: «La reclamación contra el INSS no significa por sí sola que puedes dejar de acudir a tu puesto de trabajo».

Comunicar la resolución a la empresa por escrito

El primer paso que recomienda es inmediato. «Mi consejo es que comuniques inmediatamente la resolución a la empresa y dejes constancia por escrito de que estás disponible para reincorporarte», indica. El abogado lo plantea como la primera medida, antes incluso de valorar otras opciones.

Si el estado de salud impide realmente volver al trabajo, el abogado explica que hay que estudiar qué alternativas existen en cada caso, un asesoramiento que asegura prestar a los clientes a los que reclama la incapacidad. La primera opción que menciona es una nueva baja médica, siempre «cuando legalmente proceda».

La segunda es solicitar las vacaciones pendientes, «si se acuerdan o corresponden». La tercera pasa por valorar si el trabajador puede seguir desempeñando su puesto, algo que según Arpa debe comprobarse con el médico de prevención de la empresa. El letrado no presenta estas vías como automáticas, sino como posibilidades que dependen de la situación de cada trabajador.

30 días para reclamar la denegación

Todo ello es compatible con recurrir la resolución. El abogado recuerda que el trabajador dispone de 30 días para reclamar la denegación de la incapacidad permanente si considera que sus lesiones o su enfermedad le impiden realizar su trabajo. Para Arpa, se trata de dos frentes distintos, los cuales son la reclamación ante el INSS y la protección del empleo.

Su recomendación final resume el mensaje del vídeo: «Si te deniegan la incapacidad permanente, no te quedes en casa sin hacer nada. Muévete rápido, porque una cosa es reclamar al INSS y otra muy distinta proteger tu puesto de trabajo». El abogado cierra así un vídeo en el que diferencia entre lo que el trabajador puede reclamar y lo que debe hacer mientras tanto con su empleo.

 El abogado advierte de que reclamar la resolución del INSS no permite por sí solo dejar de acudir al trabajo y explica qué pasos conviene dar para no poner en riesgo el empleo  

El abogado Víctor Arpa, conocido en redes sociales como @abogadovictorarpa, ha publicado un vídeo en TikTok dirigido a los trabajadores a los que se ha denegado la incapacidad permanente y que, pese a ello, siguen sin estar en condiciones de trabajar. Según explica, esa resolución puede implicar que el trabajador deba volver a su empleo, y no hacerlo tiene consecuencias.

«Cuidado con quedarte simplemente en casa, porque podrías poner en riesgo tu puesto de trabajo», advierte el letrado. El riesgo aparece, detalla, cuando la denegación de la incapacidad permanente supone que la persona tiene que reincorporarse a su puesto.

Arpa desmonta la idea de que recurrir la decisión basta para no acudir al trabajo. «No des por hecho que por reclamar la decisión puedes quedarte en tu casa», señala. Y añade: «La reclamación contra el INSS no significa por sí sola que puedes dejar de acudir a tu puesto de trabajo».

Comunicar la resolución a la empresa por escrito

El primer paso que recomienda es inmediato. «Mi consejo es que comuniques inmediatamente la resolución a la empresa y dejes constancia por escrito de que estás disponible para reincorporarte», indica. El abogado lo plantea como la primera medida, antes incluso de valorar otras opciones.

Si el estado de salud impide realmente volver al trabajo, el abogado explica que hay que estudiar qué alternativas existen en cada caso, un asesoramiento que asegura prestar a los clientes a los que reclama la incapacidad. La primera opción que menciona es una nueva baja médica, siempre «cuando legalmente proceda».

La segunda es solicitar las vacaciones pendientes, «si se acuerdan o corresponden». La tercera pasa por valorar si el trabajador puede seguir desempeñando su puesto, algo que según Arpa debe comprobarse con el médico de prevención de la empresa. El letrado no presenta estas vías como automáticas, sino como posibilidades que dependen de la situación de cada trabajador.

Víctor Arpa, abogado laboralista: "La incapacidad no depende de la enfermedad que tengas"

30 días para reclamar la denegación

Todo ello es compatible con recurrir la resolución. El abogado recuerda que el trabajador dispone de 30 días para reclamar la denegación de la incapacidad permanente si considera que sus lesiones o su enfermedad le impiden realizar su trabajo. Para Arpa, se trata de dos frentes distintos, los cuales son la reclamación ante el INSS y la protección del empleo.

Su recomendación final resume el mensaje del vídeo: «Si te deniegan la incapacidad permanente, no te quedes en casa sin hacer nada. Muévete rápido, porque una cosa es reclamar al INSS y otra muy distinta proteger tu puesto de trabajo». El abogado cierra así un vídeo en el que diferencia entre lo que el trabajador puede reclamar y lo que debe hacer mientras tanto con su empleo.

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