Cuando una persona lleva tiempo con problemas de salud y se acerca el momento de pasar por el llamado tribunal médico, es habitual que surjan dudas sobre cómo debe acudir, qué tiene que explicar y qué ocurrirá después. Sebastián Ramírez, abogado laboralista, ha explicado en su último vídeo los pasos que recomienda tener presentes antes, durante y después de esta valoración cuando se está solicitando una incapacidad permanente.
El primer consejo tiene que ver con la forma de acudir a la cita. Ramírez recomienda hacerlo con ropa cómoda y con la vestimenta habitual, sin intentar aparentar una situación diferente a la real. «No debes fingir algo que no es y tampoco ir demasiado arreglado», señala. Su planteamiento es que el trabajador debe presentarse tal y como se encuentra normalmente, sin exagerar sus limitaciones ni intentar esconderlas.
La valoración médica forma parte del procedimiento de incapacidad permanente. El INSS puede solicitar documentación y pruebas médicas durante la fase de instrucción y el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) elabora un dictamen-propuesta teniendo en cuenta, entre otros elementos, el informe médico de síntesis y los antecedentes profesionales del trabajador. Después corresponde al órgano competente del INSS dictar la resolución sobre el grado de incapacidad y la prestación que pueda corresponder.
Qué debe hacer el trabajador cuando llegue el momento de la valoración médica
Durante la cita, el abogado recomienda mantener la calma y responder con sinceridad a las preguntas que planteen los profesionales. «Debes estar con calma, responder las preguntas con sinceridad», explica Ramírez.
También resulta importante que la información médica del expediente permita conocer las limitaciones que presenta el trabajador y cómo afectan a su actividad laboral. El propio informe médico de síntesis del INSS recoge las limitaciones físicas y funcionales consideradas relevantes y su repercusión sobre la profesión habitual.
¿Y qué ocurre si finalmente la Seguridad Social deniega la incapacidad permanente? Ramírez recuerda que la resolución negativa no significa necesariamente que el procedimiento haya terminado.
«Antes, durante y después, mantén la calma, di la verdad siempre»
«Te queda la reclamación previa ante la Seguridad Social y después te queda la demanda ante los juzgados», explica. La normativa procesal establece, con carácter general, que antes de presentar una demanda en materia de prestaciones de Seguridad Social debe interponerse una reclamación administrativa previa, con un plazo de 30 días desde la notificación de la resolución cuando esta es expresa.
En ese escenario, la documentación médica vuelve a tener un papel relevante. El procedimiento judicial permitirá aportar y valorar los informes y las circunstancias concretas del trabajador para determinar si sus limitaciones son compatibles con el trabajo que realiza o con cualquier actividad laboral, según el grado de incapacidad que se solicite.
A buen entendedor pocas palabras bastan, por lo que los principios básicos son los siguientes: «Antes, durante y después, mantén la calma, di la verdad siempre», afirma Ramírez.
La valoración tiene en cuenta la situación del trabajador y sus limitaciones, mientras una denegación todavía permite recurrir por la vía administrativa y judicial
Cuando una persona lleva tiempo con problemas de salud y se acerca el momento de pasar por el llamado tribunal médico, es habitual que surjan dudas sobre cómo debe acudir, qué tiene que explicar y qué ocurrirá después. Sebastián Ramírez, abogado laboralista, ha explicado en su último vídeo los pasos que recomienda tener presentes antes, durante y después de esta valoración cuando se está solicitando una incapacidad permanente.
El primer consejo tiene que ver con la forma de acudir a la cita. Ramírez recomienda hacerlo con ropa cómoda y con la vestimenta habitual, sin intentar aparentar una situación diferente a la real. «No debes fingir algo que no es y tampoco ir demasiado arreglado», señala. Su planteamiento es que el trabajador debe presentarse tal y como se encuentra normalmente, sin exagerar sus limitaciones ni intentar esconderlas.
La valoración médica forma parte del procedimiento de incapacidad permanente. El INSS puede solicitar documentación y pruebas médicas durante la fase de instrucción y el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) elabora un dictamen-propuesta teniendo en cuenta, entre otros elementos, el informe médico de síntesis y los antecedentes profesionales del trabajador. Después corresponde al órgano competente del INSS dictar la resolución sobre el grado de incapacidad y la prestación que pueda corresponder.
Qué debe hacer el trabajador cuando llegue el momento de la valoración médica
Durante la cita, el abogado recomienda mantener la calma y responder con sinceridad a las preguntas que planteen los profesionales. «Debes estar con calma, responder las preguntas con sinceridad», explica Ramírez.
También resulta importante que la información médica del expediente permita conocer las limitaciones que presenta el trabajador y cómo afectan a su actividad laboral. El propio informe médico de síntesis del INSS recoge las limitaciones físicas y funcionales consideradas relevantes y su repercusión sobre la profesión habitual.
¿Y qué ocurre si finalmente la Seguridad Social deniega la incapacidad permanente? Ramírez recuerda que la resolución negativa no significa necesariamente que el procedimiento haya terminado.
«Antes, durante y después, mantén la calma, di la verdad siempre»
«Te queda la reclamación previa ante la Seguridad Social y después te queda la demanda ante los juzgados», explica. La normativa procesal establece, con carácter general, que antes de presentar una demanda en materia de prestaciones de Seguridad Social debe interponerse una reclamación administrativa previa, con un plazo de 30 días desde la notificación de la resolución cuando esta es expresa.
En ese escenario, la documentación médica vuelve a tener un papel relevante. El procedimiento judicial permitirá aportar y valorar los informes y las circunstancias concretas del trabajador para determinar si sus limitaciones son compatibles con el trabajo que realiza o con cualquier actividad laboral, según el grado de incapacidad que se solicite.
A buen entendedor pocas palabras bastan, por lo que los principios básicos son los siguientes: «Antes, durante y después, mantén la calma, di la verdad siempre», afirma Ramírez.
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