Los abogados laboralistas coinciden: «Llevarse mal con un familiar no es motivo legal suficiente para desheredar»

Una mala relación entre padres e hijos puede terminar afectando incluso a la herencia, pero no basta con dejar de hablarse para desheredar legalmente a un descendiente del testamento.

EOM Equipo Jurídico ha abordado esta cuestión a raíz de un caso en el que una madre dejó fuera de su testamento a su hija después de años sin relación entre ambas. La hija recurrió y la Justicia consideró que ese distanciamiento por sí solo no era suficiente para privarla de los derechos que le correspondían.

En el Derecho civil común, los hijos y descendientes tienen la condición de herederos forzosos y la legítima es la parte de la herencia que la ley reserva a determinadas personas. El Código Civil establece que la desheredación solo puede realizarse por alguna de las causas que recoge expresamente la norma y debe aparecer en el testamento.

El maltrato psicológico puede justificar una desheredación, pero los tribunales analizan cada caso

Por eso, que un padre o una madre decida escribir en su testamento que no quiere dejar nada a uno de sus hijos no significa automáticamente que pueda eliminar su legítima. «Llevarse mal con un familiar no es motivo legal suficiente para desheredar», explican desde la entidad anteriormente mencionada.

De hecho, la jurisprudencia ha distinguido entre una simple falta de relación familiar y situaciones que pueden llegar a considerarse maltrato psicológico cuando concurren circunstancias concretas y suficientemente acreditadas.

Estas son las causas que permiten privar a un hijo de sus derechos hereditarios

El Código Civil contempla varias causas para desheredar a los hijos. Entre ellas figura haber negado sin motivo legítimo alimentos al progenitor que deshereda y haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra. También existen determinadas causas de indignidad para suceder que pueden tener efectos sobre la herencia.

La desheredación, además, tiene que hacerse de una manera concreta: debe aparecer en un testamento y expresando la causa legal en la que se basa. Si la persona desheredada niega esa causa, son los herederos del testador quienes deben demostrar que los hechos que justificaban la exclusión eran ciertos.

Esto significa que no es imprescindible que exista una sentencia penal previa o una denuncia anterior para que pueda plantearse una desheredación. Lo que establece la ley es una regla de carga de la prueba: cuando el desheredado impugna la causa, los herederos deben acreditar que realmente concurrió el motivo alegado en el testamento. La existencia de denuncias, informes u otras pruebas puede ser relevante dependiendo del caso, pero no constituye un requisito general establecido por el Código Civil.

Además, la jurisprudencia ha evolucionado en los últimos años respecto al denominado maltrato psicológico. El Tribunal Supremo ha admitido que determinadas conductas de menosprecio, abandono familiar o daño psicológico pueden encajar en la causa legal de maltrato, pero no cualquier distanciamiento familiar sirve automáticamente para desheredar. En resoluciones posteriores también se ha insistido en la necesidad de analizar quién provocó la falta de relación y qué consecuencias tuvo para el progenitor.

 La ley establece causas concretas para excluir a un descendiente y, cuando se impugna el testamento, los herederos deben acreditar los motivos alegados  

Una mala relación entre padres e hijos puede terminar afectando incluso a la herencia, pero no basta con dejar de hablarse para desheredar legalmente a un descendiente del testamento.

EOM Equipo Jurídico ha abordado esta cuestión a raíz de un caso en el que una madre dejó fuera de su testamento a su hija después de años sin relación entre ambas. La hija recurrió y la Justicia consideró que ese distanciamiento por sí solo no era suficiente para privarla de los derechos que le correspondían.

En el Derecho civil común, los hijos y descendientes tienen la condición de herederos forzosos y la legítima es la parte de la herencia que la ley reserva a determinadas personas. El Código Civil establece que la desheredación solo puede realizarse por alguna de las causas que recoge expresamente la norma y debe aparecer en el testamento.

El maltrato psicológico puede justificar una desheredación, pero los tribunales analizan cada caso

Por eso, que un padre o una madre decida escribir en su testamento que no quiere dejar nada a uno de sus hijos no significa automáticamente que pueda eliminar su legítima. «Llevarse mal con un familiar no es motivo legal suficiente para desheredar», explican desde la entidad anteriormente mencionada.

De hecho, la jurisprudencia ha distinguido entre una simple falta de relación familiar y situaciones que pueden llegar a considerarse maltrato psicológico cuando concurren circunstancias concretas y suficientemente acreditadas.

Estas son las causas que permiten privar a un hijo de sus derechos hereditarios

El Código Civil contempla varias causas para desheredar a los hijos. Entre ellas figura haber negado sin motivo legítimo alimentos al progenitor que deshereda y haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra. También existen determinadas causas de indignidad para suceder que pueden tener efectos sobre la herencia.

La desheredación, además, tiene que hacerse de una manera concreta: debe aparecer en un testamento y expresando la causa legal en la que se basa. Si la persona desheredada niega esa causa, son los herederos del testador quienes deben demostrar que los hechos que justificaban la exclusión eran ciertos.

Esto significa que no es imprescindible que exista una sentencia penal previa o una denuncia anterior para que pueda plantearse una desheredación. Lo que establece la ley es una regla de carga de la prueba: cuando el desheredado impugna la causa, los herederos deben acreditar que realmente concurrió el motivo alegado en el testamento. La existencia de denuncias, informes u otras pruebas puede ser relevante dependiendo del caso, pero no constituye un requisito general establecido por el Código Civil.

Además, la jurisprudencia ha evolucionado en los últimos años respecto al denominado maltrato psicológico. El Tribunal Supremo ha admitido que determinadas conductas de menosprecio, abandono familiar o daño psicológico pueden encajar en la causa legal de maltrato, pero no cualquier distanciamiento familiar sirve automáticamente para desheredar. En resoluciones posteriores también se ha insistido en la necesidad de analizar quién provocó la falta de relación y qué consecuencias tuvo para el progenitor.

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