Consumo multa con 320.000 euros al festival Reggaeton Beach por prácticas abusivas como prohibir la comida de fuera o limitar el reacceso

Prohibir entrar con comida de fuera, cobrar por salir y volver a entrar al recinto, poner fecha de caducidad al saldo de la pulsera cashless y disfrazar de «gastos de gestión» lo que no es más que un sobreprecio. Estas son algunas de las prácticas abusivas que le han costado una multa de 320.000 al organizador de Reggaeton Beach Festival. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, que dirige Pablo Bustinduy, ha sancionado a esta empresa organizadora de festivales de música que opera en varias comunidades autónomas por incurrir en cuatro infracciones graves después de que el expediente -abierto a raíz de una denuncia de Facua- confirmara que la compañía imponía a los asistentes condiciones abusivas.

La empresa ha reconocido su responsabilidad en las infracciones, lo que además de la sanción económica la obliga ahora a rectificar y eliminar de sus contratos y condiciones de venta todas las cláusulas abusivas.

El expediente detalla cuatro infracciones concretas. Por un lado, la organización prohibía expresamente el acceso al recinto con alimentos o bebidas adquiridos fuera del festival y se reservaba además el derecho a registrar a los asistentes en la entrada. Por otro, quien quería abandonar el recinto durante el evento y regresar más tarde debía pagar una cantidad adicional al precio de la entrada, limitando así el derecho de reacceso.

A esto se suma que los sistemas de pago sin efectivo (pulseras cashless) utilizados en el festival obligaban a solicitar la devolución del saldo no gastado en un plazo limitado, cobraban una comisión por gestionar esa devolución y no reembolsaban las cantidades sobrantes inferiores a dos euros. Por último, Consumo constató que el sobreprecio aplicado en la venta de entradas bajo el concepto de «gastos de gestión» no se correspondía con ningún servicio efectivamente prestado a cambio.

Qué debe vigilar el consumidor

A raíz de este expediente, el Ministerio ha publicado una serie de recomendaciones para quienes vayan a comprar entradas para un festival:

-El precio debe ser final y completo desde el inicio, incluyendo todos los gastos.

-Los gastos de gestión solo pueden cobrarse si responden a un servicio real.

-El festival debe garantizar el acceso a agua del grifo en el evento.

-La prohibición de introducir comida y bebida puede ser abusiva si dentro del recinto se permite su consumo mediante la compra.

-La reventa no está prohibida, pero se debe comprobar que el promotor la permite. Se deben utilizar siempre canales autorizados.

-Si la compra se hace fuera del canal oficial, hay que asegurarse de que las entradas que se adquieren no son nominativas, que se garantiza el acceso y que se han puesto a la venta por los promotores y no sobre eventos creados por las plataformas

 La compañía, que organiza eventos musicales en varias comunidades autónomas, ha reconocido las infracciones y, además de pagar la sanción, está obligada a rectificar  

Prohibir entrar con comida de fuera, cobrar por salir y volver a entrar al recinto, poner fecha de caducidad al saldo de la pulsera cashless y disfrazar de «gastos de gestión» lo que no es más que un sobreprecio. Estas son algunas de las prácticas abusivas que le han costado una multa de 320.000 al organizador de Reggaeton Beach Festival. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, que dirige Pablo Bustinduy, ha sancionado a esta empresa organizadora de festivales de música que opera en varias comunidades autónomas por incurrir en cuatro infracciones graves después de que el expediente -abierto a raíz de una denuncia de Facua- confirmara que la compañía imponía a los asistentes condiciones abusivas.

La empresa ha reconocido su responsabilidad en las infracciones, lo que además de la sanción económica la obliga ahora a rectificar y eliminar de sus contratos y condiciones de venta todas las cláusulas abusivas.

El expediente detalla cuatro infracciones concretas. Por un lado, la organización prohibía expresamente el acceso al recinto con alimentos o bebidas adquiridos fuera del festival y se reservaba además el derecho a registrar a los asistentes en la entrada. Por otro, quien quería abandonar el recinto durante el evento y regresar más tarde debía pagar una cantidad adicional al precio de la entrada, limitando así el derecho de reacceso.

A esto se suma que los sistemas de pago sin efectivo (pulseras cashless) utilizados en el festival obligaban a solicitar la devolución del saldo no gastado en un plazo limitado, cobraban una comisión por gestionar esa devolución y no reembolsaban las cantidades sobrantes inferiores a dos euros. Por último, Consumo constató que el sobreprecio aplicado en la venta de entradas bajo el concepto de «gastos de gestión» no se correspondía con ningún servicio efectivamente prestado a cambio.

A raíz de este expediente, el Ministerio ha publicado una serie de recomendaciones para quienes vayan a comprar entradas para un festival:

-El precio debe ser final y completo desde el inicio, incluyendo todos los gastos.

-Los gastos de gestión solo pueden cobrarse si responden a un servicio real.

-El festival debe garantizar el acceso a agua del grifo en el evento.

-La prohibición de introducir comida y bebida puede ser abusiva si dentro del recinto se permite su consumo mediante la compra.

-La reventa no está prohibida, pero se debe comprobar que el promotor la permite. Se deben utilizar siempre canales autorizados.

-Si la compra se hace fuera del canal oficial, hay que asegurarse de que las entradas que se adquieren no son nominativas, que se garantiza el acceso y que se han puesto a la venta por los promotores y no sobre eventos creados por las plataformas

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